En todos los trabajos, las empresas están obligadas a velar por la seguridad y salud de sus empleados, a través de la prevención de los riesgos laborales, con el fin de evitar accidentes y enfermedades a consecuencia de las tareas de los trabajadores, la cuales pueden afectar su calidad de vida. Para que este objetivo se cumpla, deben apegarse a un marco normativo de seguridad y salud en el trabajo, el cual se conforma de diversos preceptos contenidos en la Constitución Política, en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley Federal del Trabajo, en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como en las Normas Oficiales Mexicanas (NOM).
Como trabajador, es importante que conozcas las disposiciones del marco normativo de seguridad y salud en el trabajo; por tal motivo, aquí te informamos las facultades de las autoridades laborales, las obligaciones que corresponden tanto a los patrones como a los trabajadores en esta materia, así como las NOM vigentes.
Facultades de las autoridades laborales
Artículo 40, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tiene facultad para estudiar y ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales para la protección de los trabajadores.
Artículo 512 de la Ley Federal del Trabajo y Previsión Social
En los reglamentos e instructivos que las autoridades laborales expidan, se fijarán las medidas necesarias para prevenir los riesgos de trabajo y lograr que el mismo se preste en condiciones que aseguren la vida y la salud de los trabajadores.
Artículo 38, fracción II; artículo 40, fracción VII y artículos del 43 al 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización
Las autoridades laborales tienen la facultad para expedir las NOM relacionadas con sus atribuciones, con el fin de establecer, entre otras materias, las condiciones de salud, seguridad e higiene que deberán observarse en los centros de trabajo, así como el proceso de elaboración, modificación y publicación de las mismas.
Artículo 10 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tiene la facultad para expedir NOM con fundamento en la Ley Federal sobre la Metrología y Normalización y en la Ley Federal del Trabajo, con el propósito de establecer disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, las cuales eviten riesgos que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los trabajadores, así como cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral, que afecten o puedan afectar la seguridad o salud de los trabajadores o provocar daños a las instalaciones, maquinarias, equipos y materiales del centro de trabajo.
Obligaciones de los patrones
Artículo 123, Apartado “A”, fracción XV de la Ley Suprema
El patrón está obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y vida de los trabajadores.
Artículo 132, fracción XVI de la Ley Federal del Trabajo y Previsión Social
El patrón está obligado a instalar y operar las fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban ejecutarse las labores, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento y las NOM en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales, así como de adoptar las medidas preventivas y correctivas que determine la autoridad laboral.
Artículo 132, fracción XVII de la Ley Federal del Trabajo y Previsión Social
El patrón está obligado a disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables para prestar oportuna y eficazmente los primeros auxilios.
Obligaciones de los trabajadores
Artículo 134, fracciones II y X de la Ley Federal del Trabajo y Previsión Social
El trabajador está obligado a observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las NOM en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal, y someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable.
NOM vigentes en materia de seguridad y salud en el trabajo
Su aplicación es obligatoria en todo el territorio nacional y se agrupan en cinco categorías, como se muestra a continuación:
1. Seguridad
Número | Título |
NOM-001-STPS-2008 | Edificios, locales e instalaciones |
NOM-002-STPS-2010 | Prevención y protección contra incendios |
NOM-004-STPS-1999 | Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo |
NOM-005-STPS-1998 | Manejo, transporte y almacenamiento de sustancias peligrosas |
NOM-006-STPS-2014 | Manejo y almacenamiento de materiales |
NOM-009-STPS-2011 | Trabajos en altura |
NOM-020-STPS-2011 | Recipientes sujetos a presión y calderas |
NOM-022-STPS-2008 | Electricidad estática |
NOM-027-STPS-2008 | Soldadura y corte |
NOM-029-STPS-2011 | Mantenimiento de instalaciones eléctricas |
NOM-033-STPS-2015 | Trabajos en espacios confinados |
2. Salud
Número | Título |
NOM-010-STPS-1999 | Contaminantes por sustancias químicas |
NOM-010-STPS-2014 | Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral |
NOM-011-STPS-2001 | Ruido |
NOM-012-STPS-2012 | Radiaciones ionizantes |
NOM-013-STPS-1993 | Radiaciones no ionizantes |
NOM-014-STPS-2000 | Presiones ambientales anormales |
NOM-015-STPS-2001 | Condiciones térmicas elevadas o abatidas |
NOM-024-STPS-2001 | Vibraciones |
NOM-025-STPS-2008 | Iluminación |
3. Organización
Número | Título |
NOM-017-STPS-2008 | Equipo de protección personal |
NOM-018-STPS-2000 | Identificación de peligros y riesgos por sustancias químicas |
NOM-019-STPS-2011 | Comisiones de seguridad e higiene |
NOM-026-STPS-2008 | Colores y señales de seguridad |
NOM-028-STPS-2012 | Seguridad en procesos y equipos con sustancias químicas |
NOM-030-STPS-2009 | Servicios preventivos de seguridad y salud |
4. Específicas
Número | Título |
NOM-003-STPS-1999 | Plaguicidas y fertilizantes |
NOM-007-STPS-2000 | Instalaciones, maquinaria, equipo y herramientas agrícolas |
NOM-008-STPS-2001 | Aprovechamiento forestal maderable y aserraderos |
NOM-008-STPS-2013 | Aprovechamiento forestal maderable |
NOM-016-STPS-2001 | Operación y mantenimiento de ferrocarriles |
NOM-023-STPS-2012 | Trabajos en minas subterráneas y a cielo abierto |
NOM-031-STPS-2011 | Construcción |
NOM-032-STPS-2008 | Minas subterráneas de carbón |
5. Productos
Número | Título |
NOM-100-STPS-1994 | Extintores a base de polvo químico seco |
NOM-101-STPS-1994 | Extintores a base de espuma química |
NOM-102-STPS-1994 | Extintores a base de bióxido de carbono |
NOM-103-STPS-1994 | Extintores a base de agua |
NOM-104-STPS-2001 | Extintores a base de fosfato mono amónico |
NOM-106-STPS-1994 | Extintores a base de bicarbonato de sodio |
NOM-113-STPS-2009 | Calzado de seguridad |
NOM-115-STPS-2009 | Cascos de protección |
NOM-116-STPS-2009 | Respiradores para partículas nocivas |