Para cumplir con la NOM-035, las empresas pueden apoyar en el Pronabet
La NOM-035-STPS-2018, Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo-Identificación, análisis y prevención, regulará la evaluación de las condiciones laborales en la que se desempeñan los trabajadores. Esta norma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación en octubre de 2018 y entrará en vigor en octubre de 2019.
El tema de los factores psicosociales en el trabajo no es nuevo. Desde 1984 ya existía un informe mixto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) al respecto. Junto con ello, se ha creado normatividad en países de Europa, Asia y Oceanía. En el caso de Latinoamérica, países como Uruguay, Argentina, Puerto Rico, Brasil, Chile, Perú, Venezuela y Colombia han hecho énfasis en este tema. México se alineó a esta tendencia en 2016, cuando se estableció el proyecto de norma.
La NOM-035 reconoce tres factores de riesgo que pueden desencadenar enfermedades en los colaboradores
Entre ellos se encuentran el estrés laboral, violencia y mala calidad del sueño. Si no se previenen, éstas pueden provocar depresión, ansiedad o conductas adictivas como el alcoholismo, tabaquismo u otras sustancias. También pueden ser más frecuentes síndromes propios de entornos laborales como el de burnout y la aparición de hipertensión o diabetes, ambas causadas por el estrés laboral.
La preocupación de las empresas está en cómo iniciar el diagnóstico que pide la NOM-035. Una opción es buscar apoyo en una empresa dedicada a la salud laboral. También hay programas confiables como el Programa Nacional para el Bienestar Emocional en el Trabajo (Pronabet) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Estas herramientas permiten conocer las áreas que generan los factores de riesgo. Identificar dichas áreas ayuda a crear un entorno armónico para los colaboradores e incide en una mejor productividad para las organizaciones.
No cumplir con la NOM-035 costaría pérdidas laborales y baja productividad. Además de una serie de sanciones que se derivarían del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. Por ello, todas las organizaciones deben cumplir con lo descrito en esta norma.
Fuente: prevencionar.com.mx